UN PASO UN TANGO

domingo, 6 de abril de 2014

POR UNA MEJOR CONVIVENCIA ENTRE TODOS DÍA A DÍA


                       La institución educativa constituye un espacio físico y simbólico en el que, durante un período prolongado de tiempo, conviven un gran número de personas de distintas edades, con diversas procedencias. Asimismo, es un ámbito en el que se entrecruzan historias personales, familiares, institucionales y en el cual la razón de ser de esa convivencia radica en la transmisión y el aprendizaje de un conjunto de saberes socialmente significativos. En esta línea de pensamiento, sabemos que tales aprendizajes no se limitan a los contenidos formales sino que entre el currículum formal y el real transcurre un rico interjuego de aprendizajes y enseñanzas. Normas, valores, actitudes, modos de recompensas y sanciones, estilos de comunicación, formas de resolver dificultades, maneras de ejercer la autoridad y de disentir, de cuestionar y de participar conforman algunos de los senderos por donde transcurre la formación de los sujetos en la vida cotidiana de la escuela.             
              Es evidente que la escuela como institución social no está aislada del contexto sino que se encuentra atravesada por las transformaciones socio-culturales que estamos viviendo y que muchos de los nuevos conflictos que hacen su aparición o se intensifican en el ámbito educativo, tienen su referencia directa en la promoción de ciertos valores y actitudes que aparecen como dominantes.
        No obstante, más allá de lo expuesto anteriormente la escuela, a través de los educadores, constituye todavía  un espacio de lo público que conserva la confianza de los jóvenes que otras instituciones y actores sociales han perdido.
       Por tal motivo, la construcción de acuerdos escolares de convivencia constituye para toda la comunidad educativa una responsabilidad ética y ciudadana indelegable. Estos acuerdos se fundamentan en los siguientes valores que nos proponemos vivir y enseñar: el respeto por el otro, la  paz, la  igualdad, la  justicia, la  solidaridad y la  responsabilidad,  entre otros, constituyen principios fundamentales de la vida democrática. El marco legal que enmarca los AEC está constituido por la  Ley de protección integral (26.061), Ley Nacional de Educación (26.206) y  Res. 93/09.
     La concreción de estos valores es crucial para alcanzar los fines educativos que nos proponemos como institución:

  • La formación de la subjetividad de la persona consolidando su autonomía y su capacidad de vincularse enriquecedoramente con los otros.
  • La socialización de los alumnos para facilitar su integración al mundo adulto manteniendo su capacidad crítica y adquiriendo la perspectiva del interés común.
  • La transmisión de conocimientos y competencias que sean relevantes y socialmente significativos para integrarse a una sociedad democrática y al mundo del trabajo.
§  La conformación de un ciudadano comprometido  con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
   La  transmisión de la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

        La cuestión sustancial de los acuerdos de convivencia que los diferencian de los reglamentos de disciplina es que no le limitan a establecer prohibiciones sino que la finalidad principal es proponer valores y a partir de ésto establecer ciertas pautas de comportamiento que permitan sostenerlos para contribuir a la construcción de la convivencia institucional. Estas pautas, para que sean legítimas, deben tener sentido para todos los actores y no deben contradecir los marcos legales nacionales ni provinciales.
 Las normas suponen y ponen en marcha una relación organizada entre las personas, las normas institucionalizan. De hecho, no existe ninguna interacción entre las personas que no siga ciertas reglas. Pero  no  a todas  las reglas podemos denominarlas como normas sino que esa palabra es reservada para las normas escritas y públicas es decir, las que se convierten en cosa pública. En este sentido, la norma no avanza sobre el ámbito privado de las personas en cuanto a creencias, formas de pensar, principios morales o convicciones de algún tipo. En esto se basa la calidad democrática de una escuela: no legislar sobre la privacidad de las personas.

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